Constitución Española · Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil
Las banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas, según el art. 4.2 CE:
- A Se utilizarán junto a la bandera de España solo en sus actos oficiales
- B Sustituirán a la bandera de España en sus edificios públicos
- C Se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales✓ Correcta
- D Podrán ser reconocidas por ley orgánica y prevalecerán en su territorio
Respuesta correcta: C
Art. 4.2 CE: «Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales».