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Constitución Española · Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil

La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, en el plazo máximo de:

Respuesta correcta: D

Art. 17.2 CE: «… en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial».

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