Constitución Española · Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil
Según el art. 59.4 CE, para ejercer la Regencia es preciso:
- A Ser español y mayor de treinta años
- B Ser miembro de la Familia Real
- C Ser español de origen y mayor de edad
- D Ser español y mayor de edad✓ Correcta
Respuesta correcta: D
Art. 59.4 CE: «Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad». Para la tutela del Rey menor se exige ser «español de nacimiento» (art. 60.1).