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Constitución Española · Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil

Están legitimados para interponer el recurso de amparo, según el art. 162.1.b) CE:

Respuesta correcta: C

Art. 162.1.b) CE. Texto literal: «b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.»

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