Saltar al contenido

Constitución Española · Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil

Las sentencias del Tribunal Constitucional tienen el valor de cosa juzgada:

Respuesta correcta: B

Art. 164.1 CE: «Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas».

Haz un test de CE