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Constitución Española · Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil

El Tribunal Constitucional es competente para conocer del recurso de amparo por violación de:

Respuesta correcta: D

Art. 161.1.b) CE: «Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.»

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