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Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local

La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal:

Respuesta correcta: B

Art. 18.2 LRBRL. Texto literal: «2. La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal no constituirá prueba de su residencia legal en España ni les atribuirá ningún derecho que no les confiera la legislación vigente, especialmente en materia de derechos y libertades de los extranjeros en España.»

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