Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local
Según el art. 21.3 LRBRL, el Alcalde podrá delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de la atribución del párrafo j), que es:
- A La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo no atribuidas al Pleno y de los instrumentos de gestión urbanística y proyectos de urbanización✓ Correcta
- B La jefatura de la Policía Municipal
- C La adopción de medidas en caso de catástrofe
- D La convocatoria de las sesiones del Pleno
Respuesta correcta: A
Art. 21.3 LRBRL in fine: «No obstante, podrá delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las atribuciones contempladas en el párrafo j)».