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Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local

Según el art. 42.4 LRBRL, la creación de las Comarcas no podrá suponer:

Respuesta correcta: C

Art. 42.4 LRBRL. Texto literal: «4. La creación de las Comarcas no podrá suponer la pérdida por los Municipios de la competencia para prestar los servicios enumerados en el artículo 26, ni privar a los mismos de toda intervención en cada una de las materias enumeradas en el apartado 2 del artículo 25.»

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