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Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local

Acordada la suspensión de un acto local por el Delegado del Gobierno (art. 67 LRBRL), deberá impugnarlo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de:

Respuesta correcta: B

Art. 67.3 LRBRL. Texto literal: «3. Acordada la suspensión de un acto o acuerdo, el Delegado del Gobierno deberá impugnarlo en el plazo de diez días desde la suspensión ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa.»

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