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Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local

Según el art. 75.3 LRBRL, perciben asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados:

Respuesta correcta: A

Art. 75.3 LRBRL. Texto literal: «Sólo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno de la misma.»

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