Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local
En defecto de normativa sectorial específica, para la adecuada ordenación de las relaciones de convivencia de interés local, los entes locales podrán:
- A Tipificar delitos en sus ordenanzas
- B Sancionar únicamente con apercibimiento
- C Establecer los tipos de las infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de las correspondientes ordenanzas✓ Correcta
- D Imponer penas privativas de libertad
Respuesta correcta: C
Art. 139 LRBRL: «Para la adecuada ordenación de las relaciones de convivencia de interés local y del uso de sus servicios, equipamientos, infraestructuras, instalaciones y espacios públicos, los entes locales podrán, en defecto de normativa sectorial específica, establecer los tipos de las infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de deberes, prohibiciones o limitaciones contenidos en las correspondientes ordenanzas...»