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Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local

El Pleno de los Ayuntamientos de municipios con población entre 5.001 y 20.000 habitantes celebra sesión ordinaria como mínimo:

Respuesta correcta: D

Art. 46.2.a) LRBRL: «El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y en las Diputaciones Provinciales; cada dos meses en los Ayuntamientos de los municipios de una población entre 5.001 habitantes y 20.000 habitantes; y cada tres en los municipios de hasta 5.000 habitantes.»

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