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Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local

En los municipios de gran población, el Pleno será convocado y presidido por:

Respuesta correcta: A

Art. 122.2 LRBRL: «El Pleno será convocado y presidido por el Alcalde, salvo en los supuestos previstos en esta ley y en la legislación electoral general, al que corresponde decidir los empates con voto de calidad.» El Alcalde puede delegar la convocatoria y la presidencia en un concejal.

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