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Constitución Española · Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil

La autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum es competencia exclusiva del Estado según el art. 149.1:

Respuesta correcta: D

Art. 149.1.32ª CE. La 31ª es estadística para fines estatales y la 27ª, normas básicas de los medios de comunicación.

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