Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local · Policía Local
En el régimen común (municipios que no son de gran población), la jefatura de la Policía Municipal:
- A Corresponde al Alcalde y es indelegable
- B Corresponde al Pleno
- C Corresponde al Alcalde y es delegable✓ Correcta
- D Corresponde a la Junta de Gobierno Local
Respuesta correcta: C
Art. 21.1.i) LRBRL: corresponde al Alcalde «Ejercer la jefatura de la Policía Municipal.» No figura entre las indelegables del art. 21.3. Ojo: en los municipios de gran población sí es indelegable (art. 124.5).